A los propietarios del Castillo del Mar la Jefatura de Costas primero les dijo que tenían derecho a la concesión de la Dt Primera.1 de la ley de costas y en consecuencia se tramitó el expediente y se autorizaron obras de rehabilitación. Pero unos años más tarde un nuevo Jefe de Costas dijo que no había derecho a la concesión y paralizó el expediente.
El Tribunal Superior de Justicia estimó la demanda y declaró que los propietarios tienen efectivamente el derecho a la concesión inemnizatoria.